
La sala penal del TSJ consideró que la etapa recursiva no está incluida en el trámite de las causas penales originadas en el sistema procesal anterior. Con este criterio le alargó la vida a los casos cuya suerte era confusa. Sentencia completa.
Si la ley que fijó el plazo de impugnación para las causas penales en transición no fue publicada en tiempo y forma, la clave para saber cuántas vencieron está en la interpretación que jueces y juezas hagan del artÃculo 56 de la ley orgánica de la justicia penal, en cuanto a la finalización del proceso.Â
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