Significado del cierre de cómputos en el IPS: Todo lo que debes saber.
El cierre de cómputos en el IPS
El cierre de cómputos en el Instituto de Previsión Social (IPS) es un proceso que permite a las personas que continúan en actividad solicitar la jubilación a partir de una fecha determinada. Este proceso se realiza a través de la presentación de la planilla de cierre condicionado de cómputos, sin cese definitivo. Para poder acceder a este beneficio, es necesario cumplir con los requisitos jubilatorios establecidos por el IPS.
¿Qué es el cierre condicionado de cómputos?
El cierre condicionado de cómputos es una modalidad que permite a las personas que aún se encuentran en actividad solicitar la jubilación a partir de una fecha determinada, sin necesidad de haber cesado definitivamente en su empleo. Esto significa que una persona puede iniciar el trámite para jubilarse, pero seguir trabajando hasta alcanzar la fecha de cierre de cómputos establecida por el IPS.
En esta modalidad, la persona debe cumplir con todos los requisitos jubilatorios al momento de presentar la planilla de cierre condicionado de cómputos. Esto incluye tener la edad mínima necesaria y contar con los años de aportes requeridos. Una vez presentada la planilla, se realiza un análisis de los datos y se determina si la persona cumple con los requisitos para acceder a la jubilación.
Requisitos para acceder a la jubilación en el IPS
Los requisitos para acceder a la jubilación en el IPS varían según la edad y los años de servicio de cada persona. A continuación se detallan los requisitos generales:
- A los 60 años con servicios comunes.
- A los 50 años con servicios al frente de alumnos o insalubres.
- A los 55 años con servicios docentes.
- A los 40 años con servicios como personal artístico que se desempeñe exclusivamente en cuerpo de baile.
- A los 45 años para las personas afectadas de ceguera congénita.
- A los 45 años para las personas bajo el régimen de las prestaciones previsionales para agentes discapacitados (Ley 10.593).
En cuanto a los años de aportes, se requiere:
- 35 años de servicios comunes.
- 25 años de servicios al frente de alumnos o insalubres.
- 30 años de servicios docentes.
- 20 años de servicios como personal artístico que se desempeñe exclusivamente en cuerpo de baile.
- 20 años de servicios para las personas afectadas de ceguera congénita.
- 20 años de servicios para las personas bajo el régimen de las prestaciones previsionales para agentes discapacitados (Ley 10.593).
Porcentaje de jubilación
El porcentaje de jubilación se determina en base a la cantidad de años de edad y servicios que excedan los mínimos requeridos. El porcentaje mínimo es del 70%, pero puede incrementarse hasta un máximo del 85%.
Cálculo del haber previsional
El haber previsional que se va a percibir al jubilarse se determina teniendo en cuenta el mejor cargo desempeñado durante toda la carrera laboral. Para que un cargo sea considerado como el mejor, se debe haber ejercido por un período mínimo de 36 meses consecutivos o 60 alternados con aportes.
En el cálculo del haber previsional se tienen en cuenta los sueldos de asignaciones percibidas por todo concepto, incluyendo los suplementos y bonificaciones adicionales que sean habituales, regulares y permanentes. El porcentaje corresponde a un 70% del sueldo de ese cargo como base, pero puede llegar hasta un 85% del mismo.
Consideración de cargos en empresas privadas
Si el mejor cargo desempeñado durante la carrera laboral fue en una empresa privada, este cargo puede considerarse como el mejor a efectos de percibir los haberes jubilatorios. Sin embargo, para que esto sea válido, el cargo debe haberse ejercido por un período mínimo de 36 meses consecutivos o 60 alternados con aportes.
Actualización del haber jubilatorio
El haber jubilatorio se actualiza cada vez que se produce un aumento salarial. En caso de que el aumento salarial provenga de una jurisdicción diferente al IPS, se debe iniciar el trámite de certificación de sueldos de extraña jurisdicción para poder cobrar el haber jubilatorio actualizado.
Cobro del haber jubilatorio en base a dos cargos simultáneos
Es posible cobrar el haber jubilatorio en base a dos cargos simultáneos, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Se requiere un mínimo de 3 años de servicios continuos y que los cargos se encuentren dentro del lapso al cargo que se considera para la determinación del haber.
Elección de caja para la jubilación
En caso de tener aportes tanto en el IPS como en ANSES, la elección de la caja para la jubilación se realiza en base a la cantidad de años con aportes realizados en cada una de ellas. Se elige la caja en la que se tenga más cantidad de años con aportes efectuados.
Rol de caja
El rol de caja es el que determina la caja previsional por la cual la persona afiliada reúne la mayor cantidad de aportes. Esto es importante para determinar en qué caja se realizará el trámite de jubilación.
En resumen, el cierre de cómputos en el IPS permite a las personas que continúan en actividad solicitar la jubilación a partir de una fecha determinada, sin necesidad de haber cesado definitivamente en su empleo. Para acceder a este beneficio, es necesario cumplir con los requisitos jubilatorios establecidos por el IPS, incluyendo la edad mínima y los años de aportes requeridos. El porcentaje de jubilación y el cálculo del haber previsional se determinan en base a la edad y los años de servicio que excedan los mínimos requeridos. Además, es posible cobrar el haber jubilatorio en base a dos cargos simultáneos, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. La elección de la caja para la jubilación se realiza en base a la cantidad de años con aportes realizados en cada una de ellas.
Espero que esta información te haya sido útil para comprender qué significa el cierre de cómputos en el IPS. Si tienes alguna otra pregunta o duda al respecto, no dudes en dejar un comentario y con gusto te ayudaré a resolverlo. ¡Gracias por tu atención y hasta la próxima!
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