Cuestionó la valoración de la prueba y dijo que hubo una falta de fundamentación de la causal de mal desempeño para la imposición de la máxima sanción. El antecedente en el que se anuló una destitución.
La defensa del exjuez penal, Marcelo Muñoz, presentó la impugnación contra el fallo unánime del jurado de enjuiciamiento que lo destituyó el 10 de febrero pasado. Aquàpodrán leer el escrito.
Hay algunos planteos que se reeditaron, y que ya fueron rechazados, como el de la nulidad de la acusación. En cuanto a la sentencia, la defensa sostuvo que hubo una arbitraria valoración de la prueba. Tomó, por ejemplo, los testimonios de los policÃas de Tránsito que el jurado criticó e insistió en que está «demostrada su animadversión» y también cuestionó que no se evaluó correctamente el diagnóstico médico del accidente isquémico transitorio.
Sobre la aplicación de la máximo sanción, manifestó: «el Jurado de Enjuiciamiento omitió dar razones suficientes respecto de la opción que adoptó de las múltiples posibles que la ley fijaba. Asimismo tampoco explicó las razones por las cuales dejó de lado aquellas pautas mensurativas que esta parte daba.»
El único caso en el que el Tribunal Superior de Justicia anuló una destitución fue en 2007 a Ricardo Mendaña, quien finalmente decidió no retornar al cargo de fiscal de Cámara. El motivo fue el vencimiento de los plazos. Aquella remoción se dio en un contexto diametralmente opuesto a este: la colonización del poder Judicial durante el sobischismo.
Y Ud. Sr./Sra periodista, ¿cree que el actual contexto del Poder Judicial es muy distinto al de la época de la «colonización sobischista»?
Creemos que las circunstancias que llevaron a la destitución de Ricardo Mendaña no pueden ser comparables a las de Marcelo Muñoz. De hecho Muñoz era sobrino de Sommariva, uno de los vocales del TSJ más funcionales a Jorge Sobisch.
Respecto de la relación entre los actuales integrantes del TSJ y el poder polÃtico nos hemos referido a ello en cada nominación que hizo el poder Ejecutivo (que hace más de 50 años es el MPN), y en el caso de quienes pasan por el Consejo de la Magistratura, cuando son nombrados.
Respecto de lo primero, estamos totalmente de acuerdo.
Lo que yo le preguntaba, algo asà como pensando en voz alta, es si Ud. considera que la colonización a la que alude en su artÃculo, hoy no existe. Tal vez, lo que haya cambiado, sea simplemente el nombre propio de la colonización, no le parece?