Tras la ratificación de la denuncia contra el defensor penal Gustavo Vitale, ante el jurado de enjuiciamiento, la presidenta del Tribunal de Impugnación e integrante de la Asociación Pensamiento Penal, Florencia Martini, escribió sobre el uso del proceso de remoción con fines «espurios.»
Dijo Martini:
El Jurado cumple una función de naturaleza polÃtico constitucional tendiente a la protección de los intereses públicos contra el peligro u ofensa que representan el abuso del poder oficial, descuido de las obligaciones funcionales o la conducta incompatible con la dignidad del cargo.
Nada de ello emerge de la audiencia video grabada de formulación de cargos contra el Sr. Escobar en la que Vitale se excusa de intervenir como defensor. El propio Escobar expresa su voluntad de ser defendido por el abogado asignado por la PolicÃa, o de lo contrario por su defensor de confianza.
(…) En este contexto, llama poderosamente la atención que dos ciudadanos aislados, retirados de la función policial, sin ningún tipo de agravio concreto derivado del caso, ni legitimidad alguna para actuar en representación de la PolicÃa de la Provincia, realicen una denuncia de tal magnitud, incluso a espaldas del protagonista del caso, el Sr. Escobar, que en ningún momento manifestó conflicto alguno con el ahora denunciado, Dr. Vitale.
Aquà la nota completa.
Soy Manuel Gonzalez, Fiscal de Junin de los Andes.
El tema es muy sencillo: Quien termino defendiendo al imputado Escobar ?
Una Defensora Oficial.
¿Por que el Dr. Vitale – y a pedido del Juez – no explico los motivos de su excusación ?
Esa excusacion debe ser pública.
¿Por que al dÃa de la fecha no se conocen los motivos de la excusacion ?
Seguramente, si se supieran, nada de esto hubiera ocurrido.
Por otro lado, me parece, por lo menos imprudente, que un Integrante del Tribunal de Impugnacion «prejuzgue» antes que el Jurado, ejerciendo una suerte de «presión» mediatica.
Esta es una actitud mas del espiritu «corporativo» existente en el Poder Judicial de Neuquen, donde permanente solo se critica, se sanciona, y se aplican multas al Ministerio Público Fiscal.
Ejemplos:
Se impusieron costas al Ministerio Publico Fiscal por haber pedido juicio por jurados – presuntamente en forma infundada – pero nadie dijo absolutamente que el Juez Tomasi, en la audiencia de Control de Acusación, accedio a dicha petición. Si este pedido de competencia hubiera sido infundado, el Juez Tomasi deberÃa haberlo advertido y fijar la competencia a un Tribunal Colegiado.
Hace muy poco se aplico una multa de $15.000 al Ministerio Público Fiscal, por llegar tarde a una audiencia. Me pregunto ¿es la primera vez que alguien llega tarde a una audiencia ? ¿Ningun juez, ningun Defensor Oficial o particular llego tarde a una audiencia ?
Hay muchisimos ejemplos más para brindar.
Me preocupa la pasividad de algunos de mis colegas ante determinadas situaciones por todos conocidas.
Por último me extraña que todavia se encuentren asociados a la Asociacion de Magistrados, algunos funcionarios del Ministerio Público Fiscal
Ya lo he dicho en otro comentario, dejen de defender a VITALE, no quiso defender al policÃa por ser policÃa, y eso es discriminante.
Lo del defensor privado es una excusa porque no tuvo el valor de decir frente a todos que le causaba «Violencia moral» defender a un policÃa, tal como se lo dijo al Defensor General CANCELLA. Pregúntenle a VITALE si no dijo esto, y que lo desmienta adelante de todos, que diga que nunca dijo esto y que no tenÃa problemas de asumir esa defensa.
Que quede claro que el defensor de la policÃa (URRA) no lo quiso defender, y se paso a un cuarto intermedio allà con el único objeto de darle su teléfono a Escobar y este no pudo contactar al abogado que decÃa que querÃa contactar (que era el Dr. BOROVICK, quien dicho sea de paso no hace penal y estaba fuera de la provincia), y no tenÃa quien acepte la defensa (porque VITALE sabiendo esto tampoco quiso, y se hacÃa el distraÃdo), por eso tuvo que venir de urgencia la Dra. PELOSSO.
VITALE tendrÃa que tener, al menos, la dignidad de reconocer públicamente los motivos reales por los cuales no defendió al policÃa, leerle a la prensa lo que le escribió a CANCELLA (donde dice claramente que no defiende al policÃa por su condición de policÃa), dejar que la gente saque sus conclusiones y hacerse cargo de sus actos.
Dice Martini: «llama poderosamente la atención que dos ciudadanos aislados, retirados de la función policial, sin ningún tipo de agravio concreto derivado del caso, ni legitimidad alguna para actuar en representación de la PolicÃa de la Provincia, realicen una denuncia de tal magnitud, incluso a espaldas del protagonista del caso, el Sr. Escobar, que en ningún momento manifestó conflicto alguno con el ahora denunciado, Dr. Vitale.»
En función de eso, podrÃa decirse entonces: «llama poderosamente la atención que un sindicato de empleados públicos (ATE), sin ningún tipo de agravio concreto derivado del caso, ni legitimidad alguna para actuar en representación de las personas que fueron vÃctimas del accidente de tránsito, realicen una denuncia de tal magnitud, incluso a espaldas del protagonista del caso, el Sr. Córdoba (embestido por el juez Muñoz), que en ningún momento le pidió el juicio polÃtico al ahora denunciado, Dr. Muñoz.
Siempre igual, basta con extrapolar los razonamientos de esta gente a cualquier caso análogo para que caigan por su propio peso.
Agrego que Escobar está con prisión domiciliaria e imputado, con lo cual debe tener otras prioridades que pedirle juicio polÃtico al que no lo quiso defender, y es bastante cÃnico pedirle que actúe en ese sentido cuando está por someterse a juicio y toda la corpo judicial sale a bancar a Vitale.
El menosprecio,los agravios y el descrédito hacia personas que ejercen derechos ciudadanos en el marco de la Constituciòn y la Ley, y el aparente desconocimiento de las normas positivas vigentes en la Provincia, que surge del contenido del texto escrito por la Dra. Florencia Martini, me resultan inadmisibles , incomprensibles y entiendo, violentan al mismo sistema republicano de gobierno. Máxime proviniendo de un Magistrado en quien recae la delicada e independiente funciòn de administrar Justicia.
En ese camino la frase » ……ciudadanos aislados….» qué significa? es un nuevo concepto del derecho polÃtico o de la ciencia polìtica? ;lo será del derecho constitucional?; es el desarrollo de una teorìa jurìdica de acceso a derechos ciudadanos? o estamos ante una nueva categorìa de «Capitis Diminutio» a la neuquina?.
En cúanto al Cabo Escobar que a mi modesto entender no deberÃa haber permanecido en ninguna de las modalidades de la prisiòn preventiva y de quien espero sea puesto en libertad en las próximas horas, entiendo, decidirá la mejor estrategia con sus abogados dentro de la misma causa, merituando si las consideran, poner en marcha medios impugnativos en general disponibles ante la eventualidad que se hayan violado alguna de las garantìas del debido proceso en los distintos momentos de su desarrollo. Juan Carlos Lezcano