Los tres votos de la sentencia que darán que hablar.
El jurado de enjuiciamiento tiene siete integrantes: una legisladora del Movimiento Popular Neuquino, su par del Frente para la Victoria, dos abogados y tres vocales del Tribunal Superior de Justicia, entre ellos el presidente saliente y el entrante.
Si bien diputados y abogados pueden constituir la mayorÃa y definir si el juez de GarantÃas, Marcelo Muñoz, enjuiciado por mal desempeño, conserva o pierde su cargo, los votos de los vocales Evaldo Moya, Alfredo Elosú Larumbe y Ricardo Kohon, son valiosÃsimos.
Se trata de las autoridades del poder Judicial, la posición que adopte cada uno en la sentencia –sea cual fuere y aún no coincidiendo con la de la mayorÃa– no sólo afectará el destino de Muñoz, sino que significará un mensaje para jueces, juezas y el funcionariado judicial. No por nada el último dÃa de audiencias tres magistradas y dos magistrados del Colegio de Jueces de Neuquén acompañaron al acusado.
En este proceso polÃtico la ley establece que se aplicará «la apreciación de la prueba la regla de la libre convicción.» La comisión especial delimitó los hechos que debÃan ser investigados por el jurado cuando dispuso la admisibilidad, sin embargo no hay parámetros que determinen, por ejemplo si se impone una sanción, porqué razón el jurado deberÃa inclinarse por la suspensión o por la destitución.
En esta causa para el fiscal José Gerez el juez debe ser expulsado del poder Judicial por «la pérdida de la autoridad moral y la desconfianza social que existe en la sociedad en torno a la figura de Muñoz, la naturaleza y la gravedad de los hechos reprochados, el comportamiento mendaz y evasivo, el escándalo en que se vio sumergido.»
Gerez fue astuto en llevar siempre el caso al plano de la condena moral. Se erigió como el custodio de la ética, lo que va a elevar mucho más la vara con la que lo miden. Si antes la fiscalÃa estaba en el ojo de la tormenta, ahora más aún.
La defensa sostiene que Muñoz no es responsable. Considera que la acusación es nula, porque se basó en un proceso contravencional ilegÃtimo, que no hubo lesionados y que goza de un excelente concepto entre los operadores judiciales (que ponderaron su puntualidad y lo calificaron como «colaborador»).
Es notable como Muñoz, al que todos los policÃas que declararon dijeron conocer desde la época en que era juez de instrucción, y en general tienen un buen recuerdo de él, un juez que incluso llamó a los jefes de la fuerza el dÃa del choque de tan estrecha relación que tenÃa, utilice esta vez como argumento que todo el procedimiento policial está viciado. Asombroso.
Si le diésemos la razón a la defensa en este punto, si en realidad «el sobrino» hubiese devenido en un «chivo expiatorio» alimentado por las aspiraciones polÃticas del fiscal general, del que él mismo asegura era amigo y compartÃa cumpleaños y navidad, en connivencia con la policÃa y un sector de la opinión pública, la única explicación posible que Muñoz da sobre lo que sucedió aquella jornada -el accidente isquémico transitorio- es la más débil de todas. Un diagnóstico presuntivo que está basado en la entrevista con el paciente y en sus antecedentes médicos.
El AIT tampoco lo explica todo. No lo exime de evitar comunicarse personalmente (no por carta, ni intermediarios) con las personas que chocó. Además de que se negó a hacer el test de alcoholemia.
Más allá de lo que aquà suceda, hay una causa penal por lesiones (la pareja desistió de la mediación) y una demanda civil. A esto hay que sumarle la investigación por el siniestro vial de 2014 que podrÃa significar, si la fiscalÃa avanza, una formulación de cargos por peculado y/o defraudación.
Para quienes quieran repasar cada jornada del juri pueden ingresar a los links y encontrar la crónica que escribimos para el diario Rio Negro: dÃa 1, dÃa 2, dÃa 3, dÃa 4, dÃa 5 y dÃa 6.
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