El 28 de marzo el cuerpo se expedirá sobre la detención que pesa sobre Inti Paillalef desde septiembre de 2011. En la audiencia se debatió, entre otros aspectos, el alcance del artÃculo 119 del código de procedimiento y la interpretación respecto de los plazos que fija el 56 de la ley de la justicia penal.Â
En esa fecha el Tribunal de Impugnación también dará a conocer si se hace lugar al recurso de casación contra la sentencia que condenó a la mujer a quince años de prisión.
Se estará atajando el Juez de Impugnación con una vuelta de tuerca muy rebuscada del reglamento del TSJ (ese art. 56). El defensor podrÃa haberle rebatido, además de los buenos argumentos que dio, que se dan diferentes plazos dentro del plazo procesal total y que a esos referirÃa. De las flojezas del fiscal, la peor es la de considerar que ya otros jueces dictaron o mantuvieron la preventiva (acaso no es Tribunal de Alzada al que se acude?) y hablar de «amnistÃa» (justamente se critica la preventiva por ser pena anticipada, sin sentencia firme). Evidentemente lo ven como el fin del proceso, mantener lo más posible presos a los mismos de siempre. Ojala el Tribunal no se haya asustado con la bravuconeada de Sapag (que mucho hablo de la preventiva y poco de los restantes «proyectos» de gobierno, especialmente en materia de hidrocarburos). EstarÃa bueno la segunda parte de esa audiencia, sobre la cuestión de fondo.